Contenidos
- 1 ¿Cómo sé cuándo puedo pedir un contrainforme?
- 2 ¿De qué va a hablar un contrainforme pericial psicológico?
- 3 ¿Se puede hacer un contrainforme sobre más de un informe?
- 4 ¿Se puede hacer un contrainforme de un informe psicológico clínico?
- 5 ¿Es ilegal hacer un contrainforme pericial psicológico?
- 6 ¿Qué ventajas y desventajas tiene contratarlo?
De entrada, nos podemos encontrar muchos nombres distintos hablando para nombrar un contrainforme pericial psicológico: contrainforme, contraperitaje, contrapericial, dictamen… En esencia, todos ellos tienen un mismo objetivo: analizar un informe psicológico.
Aportando un poco de contexto, para entender la importancia del contrainforme es muy útil tener en cuenta un estudio de la Universidad de Málaga acerca de los informes periciales privados presentados en tribunales catalanes en el ámbito de familia. Se identifica que el 35.6% de los informes psicológicos se emiten por profesionales que no tienen formación en el ámbito forense. Estas personas son más susceptibles de cometer errores, emitir una valoración inadecuada y, como señala el estudio, reciben una peor valoración por parte del tribunal. Sin embargo, del total de procedimientos analizados, en sólo un 7.1% se presentó un contrainforme. En consecuencia, el porcentaje de casos que podían haber necesitado un contrainforme (35.6%) es cinco veces mayor que el porcentaje de contrainformes (7.1%), lo que supone que prácticamente un tercio de los casos se pueden encontrar en riesgo de estar contaminados por una valoración pericial inadecuada.
¿Cómo sé cuándo puedo pedir un contrainforme?
Ante la duda, siempre es recomendable consultarlo y que sea el perito quien, tras el análisis inicial, te pueda decir si se puede hacer o no un contrainforme pericial psicológico sobre el informe que quieres analizar.
¿De qué va a hablar un contrainforme pericial psicológico?
Es un trabajo personalizado que se ajusta mucho al informe que se esté evaluando, pero lo más frecuente es que se analicen estas 3 áreas:
- Metodología utilizada: ¿La evaluación está suficientemente avalada a nivel científico? ¿La metodología se ha adaptado al contexto forense? Se pueden estar utilizando pruebas sin escalas de validez, que son muy necesarias en el contexto forense, test psicológicos que se han quedado anticuados, técnicas de evaluación que no ofrecen las garantías suficientes para el nivel de las conclusiones que necesita el contexto judicial…
- Resultados de la evaluación psicológica: ¿Se está dando más peso a una parte de la información que a otra? ¿Hay datos contradictorios que no han sido explicados? ¿Ha habido fallos en la interpretación de los test psicológicos? Si no se tiene en cuenta toda la información disponible, especialmente los datos que sean contradictorios, sólo se está analizando una parte de la realidad; por lo que es muy probable que se cometan errores y no se llegue a reflejar el dibujo completo de esa realidad.
- Conclusiones finales: Con la información que se ha recogido, ¿se puede llegar a las conclusiones a las que se ha llegado? ¿Las conclusiones están basadas en los conocimientos que ofrece la psicología? Esta es la parte más sensible de un informe, donde se concentran las implicaciones del trabajo que se ha estado realizando hasta ese momento. Concluir sobre cuestiones que no han sido contrastadas, sobre aspectos que no se han desarrollado adecuadamente en el informe, etc. son errores muy importantes
¿Se puede hacer un contrainforme sobre más de un informe?
Sí. Generalmente un contrainforme pericial psicológico se va a pronunciar sobre un único informe y no existe un nombre diferenciado para los documentos periciales que se pronuncian sobre varios informes. Para diferenciarlo, yo lo llamo asesoramiento psicolegal.
¿Se puede hacer un contrainforme de un informe psicológico clínico?
Sí. Una vez que se presenta en un procedimiento judicial, las conclusiones de un informe psicológico clínico pueden tener las mismas repercusiones que las de un informe pericial. Por ello, está sujeto a las mismas reglas que los informes periciales y puede ser analizado.
¿Es ilegal hacer un contrainforme pericial psicológico?
No. Es una herramienta totalmente aceptada por la comunidad científica y amparada a nivel legal en el artículo 347 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (“crítica del dictamen de que se trate por el perito de la parte contraria”). Lo que no se puede hacer es criticar a otra persona, desvalorizar el trabajo que ha hecho, pronunciarse sobre cuestiones que no has evaluado…
¿Qué ventajas y desventajas tiene contratarlo?
La mayor ventaja de un contrainforme pericial psicológico es que es una herramienta muy eficiente, mucho más económica que una evaluación pericial y se puede realizar en mucho menos tiempo. Además, aporta información muy útil desde un punto de vista experto. Por ejemplo, si en un informe pericial psicológico se valora que una persona tiene pocas habilidades parentales y se desaconseja que ejerza la custodia de su hijo/a, por mucho que esa persona diga que es un buen padre o una buena madre, su opinión va a tener un peso mucho menor que la valoración pericial. Sin embargo, si dicha persona presenta un contrainforme que asegure que la valoración pericial no es correcta, cuenta con un apoyo efectivo que sostiene su argumentación al mismo nivel que la del informe inicial.
En cuanto a las desventajas, el contrainforme no evalúa a las personas implicadas ni se puede pronunciar sobre ellas y tampoco aporta información nueva a la evaluación; sólo analiza la información que ya existe hasta ese momento. Por otro lado, el contrainforme sólo es útil cuando el informe que se analiza tiene errores relevantes que contaminan las conclusiones a las que llega ese informe. Si los errores son poco relevantes o afectan en pequeña medida a las conclusiones el contrainforme pericial psicológico no tiene razón de ser.